Novedades para desempleados que se incorporan al mercado laboral como autónomos

El BOE del día 10 de septiembre de 2015 publica la Ley 31/2015 que actualiza la normativa en materia de autoempleo.

De su contenido destacamos en este artículo las modificaciones que introduce dicha Ley en la Ley 20/2007 del Estatuto de trabajador autónomo y cuyo interés afecta principalmente a los trabajadores por cuenta ajena que se encuentran en situación de desempleo.

Concretamente, y en lo que afecta a dicho colectivo, se modifican los artículos 33 y 34 que contemplan la posibilidad de compatibilizar la percepción de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia, durante un plazo máximo de 270 días, siempre que se cumplan determinados requisitos que regula la propia Ley así como el artículo 212 y 213 de la LGSS.

Incluye, igualmente la posibilidad de recibir el pago único para el supuesto de constituirse como trabajador autónomo y con el límite del importe que corresponda a la inversión para el inicio de la actividad, o sea para su aportación a una sociedad mercantil de nueva creación (o creada en los doce meses anteriores), siempre que posea el control efectivo de la misma y desarrolle una actividad profesional.

También regula algunas cuestiones relativas a bonificaciones de cuotas y contratación de personal por parte de trabajadores autónomos en determinados supuestos.

Esta Ley entrará en vigor a los 30 días de su publicación.